Derecho laboral · Despidos

Abogado Despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna Tenerife

|

No te conformes con una situación de despido que no sea la más ventajosa para ti. Revisa plazos, finiquito, indemnización y estrategia antes de firmar o dejar pasar el tiempo.

Despido improcedente en La Laguna

Abogado Despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna Tenerife

Reclamar a tiempo
puede cambiarlo todo

¿Has sufrido un despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna Tenerife? En Adrián Abogados podemos ayudarte. Cuando un trabajador no está de acuerdo con una situación de despido, puede oponerse a ella. Está en su derecho legal de reclamarlo.

Después, será el Tribunal quien determine si estamos ante un despido procedente, improcedente o nulo. Pero esa decisión no llega sola: depende de los hechos, de la carta de despido, de los plazos, de la prueba, de la papeleta de conciliación y de la demanda que se formule si no hay acuerdo.

Un despido abre una etapa de incertidumbre económica y personal. Por eso conviene revisar cuanto antes si la empresa ha cumplido los requisitos legales, si la indemnización ofrecida es correcta, si el finiquito incluye todas las cantidades y si existen motivos para reclamar una calificación más favorable.

Abogado Despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna Tenerife

Si un trabajador es objeto de un despido con el que no está de acuerdo, tiene todo el derecho de reclamarlo, pero su probabilidad de éxito aumenta yendo de la mano de un profesional.

Adrián Plasencia Castilla
Derecho laboral en Tenerife

Abogado laboralista en San Cristóbal de la Laguna

Despidos, cantidades
e incapacidades

En materia de Derecho Laboral, no solo nos ocupamos de despidos. También asesoramos en reclamaciones de cantidad, accidentes profesionales, enfermedad profesional, tramitación de incapacidades, conflictos con la empresa, sanciones laborales y revisión de condiciones de trabajo.

Puedes contactar con nosotros para informarte acerca de tu problema laboral. En muchos casos el primer objetivo no es judicializar, sino entender exactamente qué ha ocurrido, qué documentación existe y qué margen real hay para reclamar.

La diferencia entre actuar a tiempo y actuar tarde puede ser enorme. En despidos, especialmente, los plazos son muy breves y cualquier documento firmado sin revisión puede condicionar la reclamación posterior.

Impugnación de despidos

Reclamación de cantidades e impugnación de despidos en San Cristóbal de la Laguna

Salarios, finiquito
e indemnización

Una reclamación por despido improcedente, o lo que sería la reclamación de cantidades e impugnación de despidos en San Cristóbal de la Laguna y Tenerife, se da cuando un trabajador quiere reclamar diferentes aspectos de su despido con los que no está de acuerdo: salarios adeudados, suplementos, pluses, finiquito, indemnización o incluso la propia causa del despido.

Es un procedimiento complejo sujeto a condiciones que, de no ser respetadas, podrían dar al traste con tus posibilidades de éxito indemnizatorio. La solución más prudente es ir de la mano de un abogado Despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna o en tu municipio de afectación.

Es muy importante conocer los plazos: dispones de un año para reclamar salarios. Sin embargo, para la impugnación de despidos el plazo se acorta a 20 días hábiles, pasados los cuales el trabajador no podrá reclamar el despido. La experiencia demuestra que muchas personas que sufrieron pérdidas de derechos en cuanto a prestaciones por desempleo o cuantías merecidas en concepto de finiquito debieron este problema a una resistencia innecesaria a rodearse de profesionales especialistas en derecho laboral.

Mi consejo: tanto para la reclamación de cantidades como para la impugnación de despidos, antes incluso de acudir al Servicio de Mediación, acompáñate ya de un abogado, aun cuando no sea obligatorio en esta fase, porque tendrá repercusión después.

20 días hábiles

Es el plazo general para impugnar un despido. No conviene esperar ni dejar la revisión para el final.

Un año para cantidades

Las reclamaciones salariales tienen otro plazo, pero conviene estudiarlas junto al despido.

Papeleta de conciliación

Es una fase clave. Aunque no exige abogado, puede condicionar la futura demanda laboral.

Demanda laboral

Si no hay acuerdo, la vía judicial permite solicitar la calificación correcta del despido.

Papeleta y demanda laboral

Nuestros abogados laboralistas en Tenerife te acompañarán desde el principio en tu impugnación de despido

Desde la conciliación
hasta el juzgado

Para despedir a un trabajador es necesario que la empresa cumpla con ciertos procedimientos y que concurran determinadas circunstancias legales. Si no se respetan escrupulosamente los principios básicos que contempla la ley, se estarán vulnerando los derechos laborales del trabajador afectado y tendrá consecuencias.

La vía general para impugnar un despido consiste en presentar una papeleta de conciliación y acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación competente. Si no se consigue un acuerdo amistoso en esa primera etapa, habrá que presentar una demanda laboral de impugnación de despido.

En la primera fase la ley no exige que acudas asistido por un abogado, pero es más que conveniente, porque se marcarán vectores a futuro de cara a una posterior demanda judicial. Amistosa no significa desprovista de asistencia legal. Existen plazos, requisitos, condiciones y decisiones que pueden resentir tus posibilidades indemnizatorias si no se plantean correctamente.

Abogado especialista en impugnación de despido en San Cristóbal de La Laguna Tenerife
Abogado despidos San Cristóbal de la Laguna
Despido improcedente o despido nulo

Plazo para impugnar un despido en San Cristóbal de la Laguna

El plazo es de
20 días hábiles

El plazo para demandar por despido es de 20 días hábiles tras la fecha en que se hubiera producido. Este plazo será de caducidad a todos los efectos y, como su propio nombre indica, son días hábiles: no se computan sábados, domingos ni festivos.

Cuando se produce el despido con algún tipo de incumplimiento sobre lo establecido en el ordenamiento jurídico, como el incumplimiento del procedimiento por parte del empresario, la falta de preaviso cuando proceda o la ausencia de justificación suficiente del despido con causas objetivas, podemos reclamar ese despido como improcedente.

El principal efecto de la calificación del despido como improcedente es la aparición de una doble opción: la empresa puede readmitir al trabajador o pagar una indemnización mayor. En cambio, cuando el incumplimiento responde a causas de mayor gravedad, como embarazo, razón de género, religión, ideología, discriminación o vulneración de derechos fundamentales, ya no hablamos de despido improcedente, sino de despido nulo.

El despido nulo será como si nunca se hubiera producido. Conlleva la readmisión inmediata del trabajador, el cobro de los salarios no percibidos durante el proceso y, en su caso, una posible reclamación de indemnización por daños y perjuicios.

Especialista en despidos

Abogado especialista en impugnación de despido en San Cristóbal de la Laguna Tenerife

Tu empleador tendrá asesoramiento.
Tú también deberías.

Como has podido comprobar, un despido procedente, improcedente o nulo reviste una gran complejidad. Cuando un trabajador es despedido, da inicio una etapa de incertidumbre y posiblemente de gran inestabilidad económica. Por eso, determinar el carácter y procedencia o no de su despido puede tener consecuencias de capital importancia para su salud financiera y la de su familia.

En tales circunstancias, contar con el apoyo de un abogado especialista despido improcedente en San Cristóbal de La Laguna Tenerife puede jugar un papel diferencial en el desenlace más o menos favorable de su reclamación.

Cuando se produce una situación de despido del trabajador se pone en marcha un engranaje legal. Esto quiere decir que el despido en España está regulado; no es arbitrario. En la medida en que el despido se ajusta a los requisitos que impone la norma legal estaremos frente a un despido procedente. Si no lo hace, puede ser improcedente o incluso nulo.

El principal problema es que el trabajador promedio desconoce el detalle de requisitos que debe cumplir su empleador cuando le despide. Dicha situación no se debe a falta de instrucción, sino a un desarrollo normativo extenso que solo profesionales especializados, acostumbrados a detectar errores en el procedimiento, pueden dominar. Muchos trabajadores son despedidos perdiendo por el camino posibilidades indemnizatorias más ventajosas, principalmente por no contar con apoyo profesional desde el principio.

Cualquier cosa que firmes, cualquier documento que presentes y cualquier paso que des puede jugar en contra de tu indemnización por despido si no está supervisado por un especialista. La otra parte implicada, tu empleador, estará cubierta con profesionales especialistas en derecho laboral. Tú también deberías proteger tu posición.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna Tenerife

Dudas importantes
antes de reclamar
¿Cuánto plazo tengo para impugnar un despido en San Cristóbal de la Laguna?
+

El plazo general para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo muy corto y, además, es de caducidad. Esto significa que, si se deja pasar, el trabajador puede perder la posibilidad de discutir judicialmente la decisión empresarial. No se computan sábados, domingos ni festivos, pero eso no debe llevar a una falsa sensación de margen. En la práctica, conviene contactar con un abogado laboralista cuanto antes para revisar la carta de despido, el finiquito, la indemnización ofrecida y las circunstancias reales en las que se ha producido la extinción. También hay que preparar la papeleta de conciliación con precisión, porque no es un simple formulario sin importancia. Lo que se plantee en esa fase puede condicionar la posterior demanda laboral. Por eso, aunque el trabajador esté afectado emocionalmente por la noticia, lo recomendable es actuar de forma rápida y ordenada. Esperar al último momento suele dificultar la estrategia.

¿Qué diferencia hay entre despido procedente, improcedente y nulo?
+

Un despido procedente es aquel en el que la empresa logra justificar correctamente la causa alegada y acredita que ha cumplido los requisitos legales y formales exigidos. Un despido improcedente se produce cuando la empresa no prueba suficientemente la causa, cuando la causa no justifica la extinción o cuando se han incumplido requisitos relevantes del procedimiento. En ese caso, normalmente la empresa debe optar entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización correspondiente por despido improcedente. El despido nulo es más grave: aparece cuando el despido vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones especialmente protegidas, como embarazo, reducción de jornada, discriminación, represalias o vulneración de garantías básicas del trabajador. En estos casos, la consecuencia habitual es la readmisión inmediata y el abono de salarios de tramitación, además de una posible indemnización por daños. Saber distinguir estas categorías es esencial, porque no se reclama igual un despido mal justificado que un despido discriminatorio o contrario a derechos fundamentales.

¿Tengo que firmar la carta de despido o el finiquito?
+

La empresa puede pedir al trabajador que firme la carta de despido o el finiquito, pero es importante entender qué se firma y con qué alcance. Firmar la recepción de la carta no significa necesariamente aceptar el despido, pero conviene hacerlo con cautela, indicando la fecha real de entrega y, si existe duda, añadiendo expresiones como “no conforme”. El finiquito merece todavía más atención, porque puede contener cantidades, conceptos o fórmulas que el trabajador no entiende en ese momento. Firmar sin revisar puede generar problemas posteriores, especialmente si el documento incluye manifestaciones de saldo y finiquito o conformidad plena. Antes de aceptar cantidades o cerrar el expediente, es recomendable que un abogado laboralista revise si se han incluido salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extra, pluses, complementos, indemnización y cualquier otra cantidad debida. En situaciones de presión o sorpresa, lo prudente es no precipitarse. Una firma aparentemente rutinaria puede tener consecuencias importantes sobre la reclamación posterior.

¿Es obligatorio acudir con abogado a la conciliación laboral?
+

No es obligatorio acudir con abogado a la conciliación laboral, pero sí es muy recomendable. La papeleta de conciliación y el acto ante el servicio correspondiente son pasos previos a la vía judicial, pero no por ello deben tratarse como una formalidad menor. En esa fase se fijan hechos, cantidades, conceptos reclamados y posiciones que pueden influir después en la demanda. Un trabajador puede pensar que basta con explicar que no está de acuerdo con el despido, pero una reclamación laboral eficaz exige concretar qué se pide, por qué se pide y qué consecuencias legales se derivan. Además, en muchos casos la empresa sí acudirá asesorada. Ir sin preparación puede llevar a aceptar acuerdos insuficientes, renunciar a cantidades o plantear mal una reclamación. El abogado ayuda a valorar si interesa negociar, qué indemnización sería razonable, qué cantidades están pendientes y si existe base para solicitar improcedencia o nulidad. La fase amistosa puede ser útil, pero debe afrontarse con estrategia.

¿Puedo reclamar cantidades además de impugnar el despido?
+

Sí. En muchos casos, junto a la impugnación del despido, existen cantidades pendientes que conviene revisar: salarios no abonados, pagas extra, vacaciones no disfrutadas, horas extraordinarias, comisiones, pluses, dietas, complementos o diferencias salariales. La reclamación de cantidades y la impugnación del despido tienen reglas y plazos distintos, por lo que no deben confundirse. Para reclamar salarios, el plazo general es de un año, mientras que para impugnar el despido el plazo es de 20 días hábiles. Aun así, desde el punto de vista estratégico, conviene analizar todo el expediente laboral junto. La empresa puede haber calculado mal el finiquito, omitido conceptos o aplicado una base indemnizatoria incorrecta. También puede ocurrir que el trabajador se centre solo en la indemnización por despido y deje sin reclamar cantidades relevantes. En Adrián Abogados revisamos la documentación laboral completa para valorar no solo la calificación del despido, sino también si existe dinero pendiente que el trabajador tenga derecho a reclamar.

¿Qué documentación debo preparar para consultar mi despido?
+

Para valorar un despido conviene preparar toda la documentación laboral disponible. Lo más importante es la carta de despido, el contrato de trabajo, las últimas nóminas, el finiquito, la vida laboral si se tiene a mano, comunicaciones con la empresa, correos electrónicos, mensajes, sanciones previas, partes de baja si existen, justificantes de vacaciones, cuadrantes, registros horarios y cualquier documento que ayude a reconstruir la relación laboral. También es útil explicar de forma clara qué ocurrió antes del despido: si hubo conflictos, reclamaciones previas, baja médica, reducción de jornada, embarazo, accidente laboral, cambios de funciones, impagos o presión empresarial. Muchas veces la clave del caso no está solo en la carta, sino en el contexto. Un despido aparentemente ordinario puede esconder represalias o vulneración de derechos. Cuanta más información se aporte desde el principio, mejor podrá valorarse si estamos ante un despido procedente, improcedente o nulo. El objetivo es tomar decisiones rápidas, pero no improvisadas.

Adrián Plasencia Castilla

Abogado Despido improcedente en San Cristóbal de la Laguna Tenerife

¿Te han despedido
y no sabes si reclamar?

Consulta antes de firmar, aceptar cantidades o dejar pasar el plazo. Revisamos tu despido, el finiquito y las posibilidades reales de reclamación.

Avda. Los Menceyes 232, 2ºF · La Cuesta · San Cristóbal de La Laguna
689 44 64 50 · adrianplasenciacastilla@gmail.com